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Visitantes Temporales - Empleado de Empresa bajo Contrato con el Gobierno
Existe una visa especial para aquellos empleados y ejecutivos que laboren con empresas contratadas directamente por el
Gobierno. Para acogerse a estas visas de visitantes especiales, el solicitante debe cumplir con los requisitos que a
continuación exponemos.
Nota:
Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero, deberán presentarse debidamente autenticados por la Embajada o Consulado
de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.

REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE VISA DE VISITANTE TEMPORAL EN CALIDAD DE EMPLEADO
DE EMPRESA BAJO CONTRATO CON EL GOBIERNO
- Poder y Solicitud mediante abogado.
- Cheque Certificado o de Gerencia por la suma de cien balboas (B/. 100.00.) a
favor del Tesoro Nacional.
- Certificado Médico de Buena Salud, expedido dentro de los tres (3.) meses
anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener la firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico.)
- Certificado de Policía de Buena Conducta del país de origen. (Sólo cuando el
interesado tenga menos de 5 años de residencia continua en Panamá.)
- Certificado de Buena Conducta expedido por la Policía Técnica Judicial (P.T.J.)
- Certificación de los nombres completos y las nacionalidades de los padres del
solicitante.
- Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del
interesado.
- Cuatro (4.) fotografías tamaño carnet.
- Pasaporte original, con una validez mínima de seis meses.
- Resolución expedida por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
(M.I.TRAB.), donde autorice al interesado para laborar en el territorio nacional como Empleado de Empresa bajo contrato con el Gobierno. (En
caso de no tenerlo a la fecha de presentación de la solicitud de visa, puede presentar certificación expedida por el M.I.TRAB. donde
indique que dicho permiso está en trámite o copia simple del poder y solicitud mediante abogado dirigido al M.I.TRAB., quedando pendiente
la presentación del respectivo permiso de trabajo una vez sea aprobado, para que la solicitud de visa continúe su trámite.)
- Carta de Trabajo en papel membrete
de la empresa o Contrato de Trabajo en papel simple con sello de la empresa o Contrato de Trabajo en papel simple refrendado por el
M.I.T.R.A.B. o Contrato de Trabajo en papel simple con fotocopia de la Licencia Comercial de la empresa.
- Fotocopia simple del contrato celebrado entre la empresa y el Gobierno.
NOTA:
En caso de que la solicitud incluya dependientes, deberá adjuntarse los siguientes documentos:
- Cada dependiente mayor de edad deberá otorgarle Poder al abogado y los padres
deberán otorgarlo en representación de sus hijos menores de edad.
- Cheque Certificado o de Gerencia por el monto de cien balboas (B/.100.00.) a
favor del Tesoro Nacional por cada dependiente.
- Certificado Médico de Buena Salud, expedido dentro de los tres (3.) meses
anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener la firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico.)
- Certificado de Policía de Buena Conducta del país de origen, sólo cuando el
interesado tenga menos de 5 años de residencia continua en Panamá. (Exceptuándose de este requisito a los menores de 18 años.)
- Certificado de Buena Conducta expedido por la Policía Técnica Judicial (P.T.J.)
(Exceptuándose de este requisito a los menores de 18 años.)
- Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del
interesado
- Cuatro (4.) fotografías tamaño carnet de cada dependiente.
- Certificación de los nombres completos y las nacionalidades de los padres de
cada solicitante.
- Pasaporte original, con una validez mínima de seis meses.
- Constancia de Parentesco:
 | Certificado de Matrimonio
|
 | Certificado de Nacimiento
|
Carta de responsabilidad del interesado principal hacia cada uno de sus
dependientes.
Cuando el solicitante sea hijo del residente y haya cumplido la mayoría de edad,
deberá acreditar lo siguiente:
 | Si tiene menos de veintiséis (26) años de edad, deberá aportar certificación
de estudios, que acredite la condición de estudiante universitario del interesado.
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 | Si tiene más de veintiséis (26) años de
edad, deberá aportar referencia bancaria a nombre del interesado.
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REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE PRORROGA DE VISA DE VISITANTE TEMPORAL EN CALIDAD
DE EMPLEADO DE EMPRESA BAJO CONTRATO CON EL GOBIERNO
- Poder y Solicitud mediante abogado.
- Certificado Médico de Buena Salud, expedido dentro de los tres (3.) meses
anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener la firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico.)
- Certificado de Buena Conducta expedido por la Policía Técnica Judicial (P.T.J.)
- Certificación de los nombres completos y las nacionalidades de los padres del
solicitante.
- Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del
interesado.
- Cuatro (4.) fotografías tamaño carnet.
- Pasaporte original, con una validez mínima de seis meses.
- Resolución expedida por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
(M.I.TRAB.), donde autorice al interesado para laborar en el territorio nacional como Empleado de Empresa bajo Contrato con el Gobierno.
(En caso de no tenerlo a la fecha de presentación de la solicitud de visa, puede presentar certificación expedida por el M.I.TRAB.
donde indique que dicho permiso está en trámite o copia simple del poder y solicitud mediante abogado dirigido al M.I.TRAB., quedando
pendiente la presentación del respectivo permiso de trabajo una vez sea aprobado, para que la solicitud de visa continúe su trámite.)
- Carta de Trabajo en papel membrete
de la empresa o Contrato de Trabajo en papel simple con sello de la empresa o Contrato de Trabajo en papel simple refrendado por el
M.I.T.R.A.B. o Contrato de Trabajo en papel simple con fotocopia de la Licencia Comercial de la empresa.
- Fotocopia simple del contrato celebrado entre la empresa y el Gobierno.
- Ficha del Seguro Social.
- Carnet de Visitante Temporal anterior.
NOTA:
En caso de que la solicitud incluya dependientes, deberá adjuntarse los siguientes documentos:
- Cada dependiente mayor de edad deberá otorgarle Poder al abogado y los padres
deberán otorgarlo en representación de sus hijos menores de edad.
- Certificado Médico de Buena Salud, expedido dentro de los tres (3.) meses
anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener la firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico.)
- Certificado de Buena Conducta expedido por la Policía Técnica Judicial
(P.T.J.) (Exceptuándose de este requisitos los menores de 18 años.)
- Certificación de los nombres completos y las nacionalidades de los padres de
cada solicitante.
- Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del
interesado.
- Cuatro (4.) fotografías tamaño carnet de cada dependiente.
- Pasaporte original, con una validez mínima de seis meses.
- Carnet de Visitante Temporal anterior, de cada dependiente.
- Carta de responsabilidad del interesado principal hacia cada uno de sus
dependientes.
- Cuando el solicitante sea hijo del residente y haya cumplido la mayoría de edad,
deberá acreditar lo siguiente:
 | Si tiene menos de veintiséis (26) años de edad, deberá aportar certificación
de estudios, que acredite la condición de estudiante universitario del interesado.
|
 | Si tiene más de veintiséis (26) años de
edad, deberá aportar referencia bancaria a nombre del interesado.
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Preparado por
Beth
Anne Gray J &
Victoria Tejada
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modificado:
11-Feb-2006 |