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Transeúntes, Viajeros en Tránsito y Viajeros en Tránsito DirectoTranseúntesSon transeúntes los que llegan a Panamá con ánimo de continuar viaje a otro país, pero que están en Panamá para propósitos no turísticos. Los transeúntes deben obtener la visa pertinente de un Consulado Panameño antes de llegar a Panamá. Esas visas son válidas para entrar al territorio panameño por una sola vez, dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de su expedición. Ellos deben cumplir los siguientes requisitos:
NOTA: Los transeúntes no podrán trabajar o dedicarse a actividades de ningún tipo mientras estén en Panamá. EXCEPCIONES: A pesar de que la regla general para los transeúntes es que no deben trabajar o hacer negocios mientras estén en Panamá, los artículos 16, 17, y 18 contienen las excepciones a esta regla. Shirley y Asociados los puede asistir con la solicitud para las siguientes visas de transeúnte. Visa de Transeúnte para artistas de fama internacional, cantantes y músicos Visa de Transeúnte para luchadores, boxeadores, técnicos, auditores y administradores Viajeros en Tránsito y Viajeros en Tránsito DirectoSon Viajeros en Tránsito o Viajeros en Tránsito Directo aquellas personas que ingresen al territorio de la República de Panamá con ánimo exclusivo de continuar su viaje a otro país dentro del término de 48 y 12 horas de su llegada, respectivamente. Sin embargo, es responsabilidad de la línea aérea o de la agencia de viaje garantizar la salida del viajero en el próximo vuelo o salida.
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