Requisitos para la Obtención de Franquicias Arancelarias
OBSERVACIÓN: Las exoneraciones
arancelarias para la importación de artículos de uso doméstico o personal, se darán por una
sola vez. Mientras que las exoneraciones de vehículos automotor, podrán solicitarse cada dos
(2) años.
Para la importación de artículos de uso doméstico o personal y vehículos
automotor, establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 2º de la Ley N°9 de 24 de junio de 1987, se debe presentar:
- Poder y Solicitud mediante abogado o corredor de aduanas.
- Lista detallada de los artículos de uso doméstico o personal que el solicitante
desea introducir al país, con indicación de su valor actual.
- Factura Comercial. (2 copias
adicionales)
- Documento de Embarque. (2 copias adicionales)
- Liquidación de Aduanas. (2 copias adicionales)
- Avalúo de Aduanas. (2 copias adicionales)
- Fotocopia del carné de turista pensionado o fotocopia de la cédula de identidad
personal vigente, autenticada por el Registro Civil de la persona responsable.
- Documento actualizado, donde conste su condición de jubilado o pensionado en el
extranjero. (2 copias adicionales)
- Documento donde conste que el solicitante panameño, jubilado en el exterior, ha
residido en el extranjero. (2 copias autenticadas adicionales)
Nota: Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero, deberán presentarse debidamente autenticados por la Embajada o
Consulado de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
Preparado por
Beth
Anne Gray J &
Victoria Tejada
Visas Especiales | Autoridad del Canal | Marrakech - Permiso de Trabajo | Contratado - Gobierno | Corresponsal de Prensa | Empresa - Gobierno | Ejecutivo - Extranjero | Estudiantes | Gobiernos Extranjero | Misionero | Religioso | Técnico | Tratamiento Medico | Ejecutivo - Zona Libre | Visitando Familiares
[ Turista Pensionado: Requisitos ] [ Rentista Retirado ] [ Franquicias Arancelarias ]

modificado:
11-Feb-2006