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Requisitos para la Obtención de Visa de Inmigrante en Calidad de Dependiente de Residente.
El dependiente de un residente puede también aplicar para la residencia permanente, resultando en la obtención de la naturalización
como ciudadano(a) panameño(a).
Es necesario presentar la solicitud de Visa de Inmigrante, y una vez cumplido el término de residencia, debe presentarse la
Solicitud para la obtención de Permanencia Definitiva con Derecho a Cédula.
Sin embargo, se debe destacar que una vez presentada la solicitud de Visa de Inmigrante, al solicitante le será otorgado un carnet
temporal, válido por tres meses, mientras que se tramite su solicitud de Visa de Inmigrante. De ser que la solicitud no haya sido
aprobada, cumplido los tres meses, se le volverá a otorgar al solicitante un carnet temporal por un periodo de tres meses.
Cumplido el trámite de la solicitud de visa de inmigrante, el solicitante recibirá su carnet de inmigrante en calidad de dependiente de
residente, y el sello respectivo en su pasaporte, válido por un año.
Antes del vencimiento de su Visa de Inmigrante, el solicitante debe aplicar para la Permanencia Definitiva con derecho a cédula.
El tiempo que toma desde la solicitud de visa hasta la Permanencia Definitiva para obtención de la cédula son aproximadamente dos años.
Se sigue el mismo proceso al presentar los documentos y se le otorga un carnet válido por tres meses, prorrogable cada vencimiento hasta
que la visa de permanencia definitiva con derecho a cédula sale aprobada. Una vez aprobada, Migración le otorgará un carnet indefinido de
permanencia, también una carta para la obtención de la Cédula de Identidad personal.
Después de cinco años de residencia consecutiva en Panamá desde la aprobación de la Visa de Inmigrante, se podrá solicitar la
nacionalización (carta de naturaleza).
Nota: Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero, deberán presentarse debidamente autenticados por la Apostilla
o por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió y
por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
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Poder y Solicitud mediante abogado.
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Cheque Certificado o de Gerencia por la suma de cien balboas (B/. 100.00) a favor del Tesoro
Nacional.
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Cheque Certificado o de Gerencia por la suma de quinientos balboas (B/. 500.00) a favor del
Ministerio de Gobierno y Justicia, en concepto de depósito de repatriación.
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Certificado Médico de Buena Salud, expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de
presentación. (debe tener la firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico)
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Certificado de Policía de Buena Conducta del país de origen - sólo cuando el interesado tenga
menos de 5 años de residencia continua en Panamá.
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Certificado de buena conducta expedido por la Policía Técnica Judicial (P.T.J.) - exceptuándose
de este requisito a los menores de 18 años.
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Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado.
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Cuatro (4) fotografías tamaño carnet.
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Pasaporte original, con una validez mínima de seis meses.
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Certificación de los nombres completos y las nacionalidades de cada solicitante.
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Constancia de Parentesco:
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Certificado de Matrimonio de los padres |
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Certificado de Nacimiento |
Carta de Responsabilidad del Residente:
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Declaración de Rentas, con sus respectivos recibos de pagos |
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Carta de Trabajo, con la última Ficha de C.S.S. o el último Talonario del Cheque de Pago, para los empleados
públicos. |
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Carta de Referencia Bancaria, solamente si ssze posee cuenta a plazo fijo por un periódo no menor de un año, por la
suma mínima de cien mil balboas (B/. 100,000.00) |
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Certificado de Jubilación de la persona responsable |
Fotocopia del carnet de residente vigente o fotocopia de la cédula de identidad personal vigente,
autenticado por el Registro Civil de la persona responsable.
Cuando el solicitante sea hijo de residente y haya cumplido la mayoría de edad, deberá acreditar
lo siguiente:
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Si tiene menos de veintiséis (26) años de edad, deberá aportar certificación de estudios, que
acredite la condición de estudiante universitario del interesado. |
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Si tiene más de veintiséis (26) años de edad, deberá aportar referencia bancaria a nombre del
interesado. |
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Poder y solicitud mediante abogado.
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Certificado Médico de Buena Salud, expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de
presentación. (debe tener la firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico)
-
Certificado de Buena conducta expedido por la Policía Técnica Judicial (P.T.J.) - exceptuándose
los menores de 18 años.
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Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado.
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Cuatro (4) fotografías tamaño carnet.
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Pasaporte original, con una validez mínima de seis meses.
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Certificación de los nombres completos y de las nacionalidades de los padres de la solicitante.
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Paz y Salvo Nacional a favor de la interesada.
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Carnet de Permiso Provisional de Permanencia vencido.
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Carta de Responsabilidad del Residente:
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Declaración de Rentas, con sus respectivos recibos de pagos |
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Carta de Trabajo, con la última Ficha de C.S.S. o el último Talonario del Cheque de Pago, para los empleados
públicos. |
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Carta de Referencia Bancaria, solamente si ssze posee cuenta a plazo fijo por un periódo no menor de un año, por la
suma mínima de veinte mil balboas (B/. 20,000.00) |
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Certificado de Jubilación de la persona responsable |
Cuando el solicitante sea hijo de residente y haya cumplido la mayoría de edad, deberá acreditar
lo siguiente:
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Si tiene menos de veintiséis (26) años de edad, deberá aportar certificación de estudios, que
acredite la condición de estudiante universitario del interesado. |
 |
Si tiene más de veintiséis (26) años de edad, deberá aportar referencia bancaria a nombre del
interesado. |
Fotocopia del carnet de residente vigente o fotocopia de la cédula de identidad personal vigente,
autenticado por el Registro Civil de la persona responsable.
Preparado por
Beth
Anne Gray J &
Victoria Tejada
Formulario - Visa Autorizada | Turistas | Transeúntes-Viajeros | Inmigrantes | Visitantes Temporales | Carta Naturaleza
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modificado:
11-Feb-2006 |