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Inmigrante en calidad de AgricultorEsta visa de inmigrante es exclusivamente para las personas que se dedican a la agricultura y que cuentan con la respectiva certificación del MIDA sobre la competencia del interesado en las actividades agrícolas del país, firmado por el Ministro. Se deberá presentar la solicitud de Visa de Inmigrante lo cual otorga un Permiso Provisional de Permanencia por el término de un (1) año, prorrogable a su vencimiento por un período de dos (2) años cada uno, hasta cumplir un período total de cinco (5) años. Vencidos dichos periodos, el solicitante tendrá derecho para pedir la Permanencia Definitiva con Derecho a Cédula como Agricultor. Sin embargo, se debe destacar que una vez presentada la solicitud de Visa de Inmigrante, al solicitante le será otorgado un carnet temporal, válido por tres meses, mientras que se tramite su solicitud de Visa de Inmigrante y su Permiso Provisional. De ser que la solicitud no haya sido aprobada, cumplido los tres meses, se le volverá a otorgar al solicitante un carnet temporal por un periodo de tres meses. Cumplido el trámite de la solicitud de visa de inmigrante, el solicitante recibirá su carnet de inmigrante en calidad de Inmigrante Agricultor, con un Permiso Provisional de Permanencia, y el sello respectivo en su pasaporte, válido por un año. Como se menciona anteriormente, es necesario solicitar la prorroga del mismo, hasta cumplir los cinco (5) años. Transcurrido este término y cumplido los requisitos mencionados, el solicitante debe aplicar para la Permanencia Definitiva con derecho a cédula. (Ir a Requisitos) El tiempo que toma desde la solicitud de visa hasta la Permanencia Definitiva para obtención de la cédula son aproximadamente seis años. Se sigue el mismo proceso al presentar los documentos y se le otorga un carnet válido por tres meses, prorrogable cada vencimiento hasta que la visa de permanencia definitiva con derecho a cédula sale aprobada. Una vez aprobada, Migración le otorgará un carnet indefinido de permanencia, también una carta para la obtención de la Cédula de Identidad personal. Después de cinco años de residencia consecutiva en Panamá desde la aprobación de la permanencia definitiva, se podrá solicitar la nacionalización (carta de naturaleza). Nota: Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero, deberán presentarse debidamente autenticados por la Apostilla o por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
Preparado por Beth Anne Gray J. & Roberto Ríos
Requisitos para la Obtención de Permiso Provisional de Permanencia en Calidad de Agricultor
Nota : En caso de que la solicitud incluya dependientes, deberá adjuntarse los siguientes documentos:
Requisitos para la Prorroga de Permiso Provisional de Permanencia en Calidad de Agricultor
NOTA : En caso de que la solicitud incluya dependientes, deberá adjuntarse los siguientes documentos:
Preparado por Beth Anne Gray J & Victoria Tejada
modificado: 11-Feb-2006 |
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